Consideración de las Declaraciones Juradas (DDJJ)

A las Jefaturas Distritales


Se remite indicación de la Delegación de Legal y Técnica Educativa con respecto a la confección de las DDJJ de todo el personal que se desempeña en la DGCYE de todos los niveles y modalidades.Cabe destacar que dicha documentación se encuentra establecida en el Art. 6 inc. I de la Ley 10579 «Estatuto del Docente».

La confección debidamente la Declaración Jurada de Cargos y Módulos, conforme a lo establecido por el Estatuto del Docente, en virtud de la obligación de declarar bajo juramento los cargos, módulos, horas cátedra y actividades oficiales o privadas que desempeñen los/las agentes, debe realizarse cada vez que el personal tenga una modificación en su situación y al comenzar cada año lectivo.Se solicita que dicha confección sea correcta, y en el domicilio deben consignarse completo es decir calle, número, localidad y partido.

Se solicita a los Directores de las instituciones educativas, que en el momento de firmar las DDJJ verifiquen que se encuentre totalmente completada.

Se solicita su amplia difusión.Atte

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     Lic.  AMELIA  BRESSAN

  Inspectora  Jefa Regional

  Av. Liniers 1024 – 1º Piso

   Región Educativa 06 – Tigre
Dirección de Inspección General

VS

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