Convocamos a los docentes y administrativos a notificarse de la aprobación del área digital del P.I. del IS77

Estimados Docentes y Administrativos:

Se les solicita que en el transcurso de una semana , se acerquen a la Secretaria del IS 77 a firmar el acta de notificaciòn , aprobado por el CAI y que forma parte del cuerpo del Proyecto Institucional 2026-27.

Saludos Cordiales, Luis Bidegain, Director

Acta 11 folios

ACTA DE NOTIFICACIÓN Y CONFORMIDAD

ISFDyT N° 77 — Región VI, Vicente López · CUE 60736900

Puntos 6.2, 6.3 y 6.12 del Proyecto Institucional 2026

En la ciudad de Vicente López, provincia de Buenos Aires, a los 9 días del mes de octubre de 2026, en la sede del Instituto Superior de Formación Docente y Técnica N° 77, sita en Sargento Cabral 2772, se reúne el personal del Instituto abajo firmante —equipo directivo, docentes, personal administrativo y auxiliar— a fin de notificarse de los puntos 6.2, 6.3 y 6.12 del Proyecto Institucional 2026 y prestar su conformidad.

Se deja constancia de que dichos puntos fueron tratados y aprobados por el Consejo Académico Institucional (CAI) en su sesión del 8/ 10 / 2026, según consta en el Acta CAI N° ______. A continuación se transcriben en síntesis los acuerdos que contienen. El texto completo de cada punto forma parte del Proyecto Institucional y se encuentra a disposición del personal.

Primero. Punto 6.2 — Comunicaciones institucionales

Se acuerda que:

  1. Las comunicaciones institucionales circulan por los canales, jerarquías y formatos que establece la normativa vigente: vía jerárquica, mesa de entradas, notas y circulares firmadas, libros de actas, correo electrónico oficial y expediente electrónico GDEBA.
  2. Los medios informales (grupos de mensajería, redes sociales, correos personales) pueden complementar, pero nunca reemplazar, el circuito normado. Una comunicación que no se realiza por los canales oficiales carece de respaldo institucional.
  3. La suscripción al Libro de Comunicados Institucional (isfdyt77.org) es obligatoria para docentes, estudiantes, personal administrativo y auxiliar. Por ese medio se publica diariamente la información oficial del Instituto.
  4. La no suscripción invalida los reclamos por información relevante publicada en el Libro, como fechas de inscripción a mesas, convocatorias a docentes o suspensiones de actividades.

Marco normativo: Ley N° 14.828, Anexo Único, art. 9.3.1; Dec. N° 1018/16 y N° 144/17 (GDEBA); Dec. N° 2299/11 (RGIE); Ley N° 10.579 (Estatuto del Docente).

Segundo. Punto 6.3 — Campus virtual institucional

Se acuerda que:

  1. El campus virtual oficial del Instituto, http://campus.isfdyt77.org/, en uso desde 2019, es el único entorno virtual válido para enseñar, evaluar y comunicarse en las cursadas.
  2. Las aulas, consignas, entregas de trabajos, devoluciones, instancias de evaluación y comunicaciones con los estudiantes de todas las unidades curriculares se desarrollan en el campus institucional.
  3. No se utilizan campus o plataformas personales como espacio de cursada. Las instancias realizadas en ellos no cuentan con respaldo institucional ante reclamos, revisiones o auditorías.
  4. Los recursos externos (videos, documentos compartidos, otras herramientas) pueden usarse como complemento, siempre enlazados desde el aula oficial.
  5. Los datos personales de los estudiantes se tratan exclusivamente dentro de la infraestructura institucional.

Marco normativo: Ley N° 13.688, arts. 16 inc. l, 54 y 55; Ley N° 14.828, art. 9.3.1; Dec. N° 2299/11 (RGIE); Ley N° 25.326, arts. 9 y 10; Ley N° 26.206, art. 76.

Tercero. Punto 6.12 — Área de Desarrollo Digital

Se acuerda que el Instituto sostiene un sistema digital de seguimiento integrado de la cursada, que vincula el programa, el libro de temas, la bibliografía y el aula del campus. En ese marco:

  1. Programas de cátedra. Cada docente publica el programa actualizado de su unidad curricular antes del período de inscripción a las cursadas, con los contenidos mínimos que establece el Régimen Académico Marco (RAM, cap. 13). Los programas son documentación de conservación permanente. Se entregará al mail isfdyt77biblioteca@gmail.com
  2. Asistencias online. Cada docente registra la asistencia clase a clase en el campus virtual, de modo que el estudiante conozca a tiempo su situación respecto de los porcentajes exigidos (RAM, puntos 5.3 a 5.5).
  3. Libro de temas digital. Cada docente registra clase a clase los contenidos efectivamente desarrollados. Es un registro institucional oficial, con el mismo valor probatorio que un libro en papel.
  4. Biblioteca digital. La bibliografía obligatoria de cada programa, organizada por tema, se pone a disposición en la biblioteca digital del campus. El docente la selecciona y las bibliotecarias la cargan y revisan, conforme a la Ley N° 11.723 de Propiedad Intelectual.
  5. Calificaciones. Se publican en el Sistema de Gestión de Estudiantes SADIS, según el punto 6.1.2.
  6. Supervisión. Los jefes de área y el equipo directivo revisan la correspondencia entre programa, temas dados y bibliografía.
  7. Soporte. El Área de Desarrollo Digital (Departamento TACs) administra las plataformas, gestiona altas, bajas y permisos de usuarios, resguarda los registros y brinda capacitación.

Marco normativo: Res. Conjunta N° 4196/24 — Régimen Académico Marco, caps. 5, 6, 8, 10, 13 y 14; Ley N° 13.688, arts. 16 inc. l, 54 y 55; Ley N° 14.828, art. 9.3.1; Dec. N° 2299/11; Ley N° 25.326; Ley N° 11.723.

Cuarto. Notificación y conformidad

Las personas abajo firmantes declaran haber sido notificadas de los puntos 6.2, 6.3 y 6.12 del Proyecto Institucional 2026, aprobados por el Consejo Académico Institucional, y prestan su conformidad con los acuerdos que contienen, comprometiéndose a cumplirlos en lo que corresponda a su función.

No siendo para más, se da por finalizado el acto, y se firman los ejemplares necesarios en el lugar y la fecha indicados al comienzo.

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